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Legal Bits: Cómo proteger y comercializar software.


El software es una de las herramientas más eficientes para hacer negocios. En los últimos años, hemos visto a grandes empresas nacer, crecer y consolidarse a través del desarrollo y comercialización de programas de cómputo y plataformas digitales. Facebook, Amazon y Google, son algunos ejemplos de estas grandes empresas, que se han dedicado a vender unos y ceros.


La realidad es clara. Todas las empresas, sin importar qué tan tradicionales sean, deben de echar mano de estas herramientas digitales para no ser víctimas de sus competidores.


Sin embargo, antes de querer dar el salto digital, es muy importante que las empresas aprendan los aspectos legales fundamentales para proteger y comercializar software. Las leyes mexicanas son claras y precisas al respecto y, dado que tenemos una amplia experiencia en el tema, a continuación les dejamos algunas ideas básicas que deberán de tomar en cuenta.



 


¿Cómo proteger un software? (con base en la Ley mexicana)



Antes de lanzar un programa de cómputo o una plataforma digital al mercado, tenemos que asegurarnos de que nuestra empresa es la dueña de ese software o sistema. De lo contrario, los titulares de dicho programa podrían demandarnos.


Para asegurarnos de que nuestra empresa tiene la propiedad del software que estamos desarrollando, necesitamos cumplir con cuatro puntos: 1) Firmar un contrato de “obra comisionada”; 2) Hacer un inventario de activos; 3) Registrar nuestros programas de cómputo y; 4) Tener una política de protección de secretos industriales y comerciales.


Vamos a explicar cada uno de ellos.



1. Contrato de Obra Comisionada


La Ley Federal del Derecho de Autor indica que cuando una persona comisiona una obra a un autor recibe todos los derechos patrimoniales, así como las facultades de divulgación, integridad y colección de la obra que comisionó. En pocas palabras, esta es la protección más grande que puede recibir una empresa cuando hablamos de Derechos de Autor.


Un programa de cómputo es una obra protegida por el Derecho de Autor, así que, si no firmas un Contrato de Obra Comisionada y si contrataste a un desarrollador externo, el desarrollador que escribe el código fuente será el propietario del 100% del software. Si contrataste a tu desarrollador, a través de un contrato individual de trabajo, entonces, la propiedad del software se divide, a partes iguales, entre el desarrollador y la empresa.


Debes tener mucho cuidado, de lo contrario, podrás perder el tiempo y el dinero invertidos en tu plataforma.




2. Inventario de Activos


Cuando el desarrollo ha concluido, es importante hacer una lista de todas las piezas que fueron desarrolladas mencionando: el nombre de la pieza, sus funciones, la persona que lo desarrolló, la fecha de entrega y un link al repositorio en donde se encuentran almacenados los códigos fuente, entre otros. Este inventario te ayudará a saber qué piezas fueron desarrolladas y así controlarás tus activos tecnológicos.


Además, se recomienda que este inventario se describa en un “acta de entrega” que firme, personalmente, quien que escribió el código fuente de cada una de las piezas. Esto te ayudará a asegurar que dicha pieza se considera una obra comisionada, con base en el contrato que firmaste previamente con el desarrollador.



3. Registro


Ya comentábamos que los programas de cómputo son protegidas por el Derecho de Autor, así que, por lo mismo, son candidatos para ser registrados ante el Instituto Nacional del Derecho de Autor (Indautor).


El reconocimiento del Derecho de Autor no requiere registro ante el Indautor, desde el momento en que hayan sido fijadas en un soporte material tienes protección legal, pero, obtener un registro te puede traer ciertos beneficios, como por ejemplo, seguridad jurídica. Por ello, es importante evaluar, con tus asesores de confianza, si en tu caso vale la pena registrar tu programa de cómputo.



4. Política de Secretos Industriales/Comerciales


Además de ser obras protegidas por el Derecho de Autor, el código fuente de tu plataforma puede ser considerado un Secreto Industrial o un Secreto Comercial, ya que se trata de información de aplicación industrial o comercial, que puede brindar ventajas competitivas a tu negocio.


Para obtener la protección legal adecuada, es necesario conservar la confidencialidad del secreto. Para eso, se recomienda desarrollar e implementar una política de protección de este tipo de secretos.


Una buena política incluye (entre otros):


  • Protocolos para la firma de contratos de confidencialidad con personas clave;

  • Protocolos para la notificación de secretos antes de que una persona tenga acceso al mismo;

  • Reglas para el control de acceso y edición del código fuente de tu plataforma y;

  • Restricciones y requisitos para la transferencia de información.


 


¿Cómo comercializar (legalmente) el software?



Una vez que tenemos protegido el programa de cómputo, el siguiente paso es comercializarlo, para lo que necesitamos cumplir con 3 puntos en concreto: 1) Hacer un estudio de impacto regulatorio; 2) Publicar unos “Términos y Condiciones” y; 3) Contar con una política de privacidad.


Vamos uno por uno.



1. Estudio de Impacto Regulatorio


Antes de lanzar al mercado, es muy recomendable traer abogados expertos para analizar tu modelo de negocio con el fin de determinar qué leyes o reglamentos necesitas cumplir para operar tu negocio. Es probable que vayas a necesitar autorizaciones de alguna autoridad o contar con políticas de cumplimiento específicas. Por ejemplo, si quieres hacer una plataforma de Crowdfunding, deberás de obtener una autorización de la CNBV con fundamento en la “Ley Fintech”, o su haces alguna Actividad Vulnerable, deberás de contar con una política de presentación de avisos y/o identificación de clientes con fundamento en la “Ley Anti-Lavado”.


Es MUY importante que cumplas con esto antes de lanzar al mercado, ya que no cumplir con las distintas reglas, te puede ocasionar sanciones que van desde multas hasta penas de prisión. No te arriesgues.



2. Términos y Condiciones


Los “términos y condiciones” son, en realidad, un conjunto de contratos diversos. Pueden ser contratos de licencia que regulan la descarga, acceso y/o uso de programas de cómputo, contratos de servicios que regulan la prestación de los mismos o ambos.


Cada día, los “términos y condiciones” se vuelven documentos con mayor complejidad. Por eso, es importante traer a un asesor experto que analice tu plataforma, para determinar qué documentos son los necesarios. Recuerda que copiar los de tu competencia y subirlos a tu página de internet, no te va a servir de nada.




3. Política de Privacidad


Por último, si recabas y usas datos personales de tus clientes o usuarios debes contar con una política de privacidad. La política de privacidad va mucho más allá de tener un simple aviso de privacidad en tu página, incluye, por lo menos, los siguientes documentos:


  • Un inventario de flujo de datos personales en tus bases de datos;

  • Un código de prácticas internas vinculantes para el personal de tu empresa;

  • Uno o varios avisos de privacidad, según se requiera (existen tres tipos);

  • Circulares de tratamiento de datos, según se requiera;

  • El nombramiento del Departamento de Protección de Datos Personales al interior de tu organización y;

  • Un manual de atención a solicitudes y protección de derechos de tus clientes/usuarios.


 

Entérate de más detalles en el siguiente video:





Ahora ya lo sabes. Si tienes más dudas o si quieres que te asesoremos paso a paso, contáctanos y alguno de nuestros expertos te asistirá para desarrollar o lanzar tu programa de cómputo.




¡Bienvenido a la economía digital!





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