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Tenemos que hablar: Es tiempo de actualizar tus términos y condiciones.

Actualizado: 10 ago 2020

El 2 de julio del 2020 entraron en vigor las reformas a la Ley Federal del Derecho de Autor en México. Ahora, las apps y plataformas digitales tienen responsabilidad legal por las violaciones a Derechos de Autor que ocurran en sus sistemas.


Sin embargo, la reforma también incluyó una defensa para las plataformas digitales pero, para aprovecharla, es probable que tengas que implementar cambios en tus políticas y empezar a tomar tus términos y condiciones “en serio”.


Te explico...


Antes de empezar, recuerda que esto no es asesoría legal. Este ensayo es una simple reflexión personal sobre las leyes mexicanas.


Ahora si….


La fracción II del artículo 114 octies (sí, así se llama) establece que los Proveedores de Servicios de Internet no serán responsables de las infracciones, así como de los datos, información, materiales y contenido que se encuentren almacenados o se transmitan o comuniquen a través de sus sistemas, siempre y cuando:


  • Retiren, rápidamente, cualquier contenido infractor cuando: (i) reciban un aviso del titular de los Derechos o; (ii) reciban una resolución emitida por una autoridad.

  • Retiren o inhabiliten, de buena fe, el acceso al contenido infractor para impedir la violación de la Ley o para cumplir con un contrato, siempre y cuando se notifique al usuario cuyo contenido se retire o inhabilite.

  • Cuenten con una política que prevea la terminación de cuentas de usuarios infractores reincidentes, la cual sea de conocimiento público de sus suscriptores.

  • No reciban un beneficio financiero atribuible a la conducta infractora, cuando la App o Plataforma tengan el derecho y la capacidad de controlar la conducta infractora.


Esto aplica a apps y plataformas digitales porque el artículo 114 septies define a los Proveedores de Servicios de Internet como: (i) Proveedores de Acceso a Internet y; (ii) Proveedores de Servicios en Línea y; a los Proveedores de Servicios en Línea como aquella persona que realiza alguna de las siguientes funciones:


  • Almacenamiento temporal llevado a cabo mediante un proceso automático, por ejemplo, “caching”;

  • Almacenamiento, a petición de un usuario, del material que se aloje en un sistema o red controlado u operado por o para un Proveedor de Servicios de Internet, por ejemplo, redes sociales, plataformas de servicios o proveedores de “hosting” o;

  • Direccionamiento o vinculación a usuarios a un sitio en línea mediante el uso de herramientas de búsqueda de información, incluyendo hipervínculos y directorios, por ejemplo, “search engines”.


O sea, las definiciones son bastante amplias, así que aplican a muchos modelos de negocios en mundo digital y de software. Si no cumples con estos requisitos legales tu empresa puede incurrir en responsabilidad legal por cualquier violación al Derechos de Autor que un tercero cometa utilizando tus sistemas.

La buena noticia es que si cumples con estos requisitos y alguien te demanda, puedes probar ante una Juez que tu empresa da cumplimiento a la Ley y con ello limitar o excluir tu responsabilidad legal al 100%.


Por eso, vale la pena empezar a revisar si tu empresa:


  • Cuenta con mecanismos eficientes para retirar contenido infractor de Derechos de Autor o para atender requerimientos de las autoridades mexicanas con respecto al contenido que se distribuye en sus plataformas;

  • Cuenta con mecanismos y procesos de monitoreo de contenido infractor de Derechos de Autor, como por ejemplo sistemas de identificación de contenido (Content ID);

  • Tiene e implementa una política para de cancelar las cuentas que suban contenido pirata a sus plataformas, por ejemplo, la regla de “los 3 strikes” de YouTube y;

  • Cuenta con medidas para asegurar que no se benefician financieramente de la copia o difusión de contenido ilegal.


Después, hay que implementar estas políticas, medidas y procedimientos en tus términos y condiciones o en tus contratos de licencia para darles la validez legal.


Además, por diligencia, es recomendables que estas políticas, medidas y procedimientos se adopten por escrito y con la aprobación del órgano corporativo competente, por ejemplo, el Consejo de Administración de una SAPI.


Si no cuentas con estos procesos, tu empresa está en riesgo legal. Por eso, lo mejor sería que te pusieras en contacto con un despacho experto en materia de Derechos de Autor, contenidos digitales y plataformas tecnológicas para analizar cómo puedes cumplir con esta nueva reforma. No arriesgues tu proyecto.


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Derechos de Autor:



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